ANÁLISIS DE ASENTAMIENTOS AGRARIOS DE 1962 AL 2014
ANÁLISIS DE LOS
ASENTAMIENTOS AGRARIOS QUE SE HAN HECHO EN EL PAÍS DE 1962 AL 2014
De acuerdo con los resultados para el
año 2014, los programas de reforma agraria en República Dominicana han sido
abandonados por la aplicación de una política que ha favorecido los mercados
competitivos que solo son rentables para cierto grupos de clases, sometiendo a
los productores y productoras de alimentos a una pobreza espantosa que los deja
desprotegidos de todos los servicios fundamentales para calificar su mano de obra
y reponer su fuerza de trabajo.
La data colectada nos dice que hay más hombre que mujeres en los
asentamientos. Y más de la mitad de las mujeres son viudas. Esto datos son
alarmantes, dado que desde finales de los años noventa existe una ley 55-97 que
favorece la entrega de parcela a mujeres. En el estudio se registra que las
mujeres reformadas tienen menos tierras que los hombres y que el tamaño de sus
parcelas es menor con respeto a las entregadas a los hombres.
Confirmando así otros estudios anteriores realizado por Portorreal, 2012.
Según
el estudio el tamaño de las parcelas de las mujeres es de 33.6 tareas mientras
que la de los hombres es de 63.3 tareas. Y este dato nos muestra la inequidad
de género en el sector.
En lo que respecta a la edad de los trabajadores y trabajadoras de la
tierra, se encontró que es mayor de 50 años, careciendo de relevo generacional.
Y con la percepción de que el trabajo agrario es poco rentable para los jóvenes
y adultos que todavía dan la cara a la producción agraria en los proyectos
reformados. Los
asentamientos están siendo manejados por hombres y mujeres mayores, pese a la
importancia del sector en la producción agrícola y pecuaria para el mercado
local.
Se encontró que en los asentamientos predominan altas tasas de
analfabetismo, uno de cada cuatro es analfabeto y la primaria para lo que la
han cursado es incompleta. Uno de cada diez productores/as no asistió nunca a
la escuela. Mientras que solo un 1.2 % alcanzo cursos superiores.
El sistema productivo del sector está colapsando, no tienen créditos,
solo el 35 % de los agricultores y agricultoras dicen tener créditos para su
uso en las explotaciones reformadas. Los
arroceros son los más beneficiados y después los ganaderos, el resto de los
productores y productoras no tienen préstamos. En su mayoría dicen que han
incumplido con préstamos bancarios, y esto constituye una barrera para acceder
en el futuro a la banca comercial estatal o privada.
El
30 % dice que ha incumplido con los préstamos porque se pierden los productos
por mala cosecha, suelos dañados y por la baja productividad de los cultivos.
Señalan
por igual que las plagas y los desastres naturales por el cambio climático los
ha afectado.
La producción del sector se orienta en lo fundamental a la agricultura y
el principal cultivo en función de cantidad de productores es el arroz, seguido
por las musáceas y las frutas. Cultivos tradicionales como el cacao y el café
son escasos por el tamaño de la parcela que son asignadas a los campesinos y
campesinas.
El estudio arrojó que las políticas implementadas por el Estado han sido
insuficientes para el desarrollo de la reforma agraria en la República
Dominicana. Los
programas de reformas no han reducido la pobreza, ni la entrega de título ha
sido general para todos/as los reformados/as. La experiencia con la titulación
ha sido beneficiosa, porque les permite acceder a créditos en la banca privada.
Las tierras reformadas están siendo vendidas. Los productores y productoras
tienen la percepción que el Instituto Agrario (IAD) no se preocupa, ni toma
medidas para parar las ventas y ofrecer más ayuda a los/as asentados/as.
El
estudio revela que si no hay intervención estatal con un enfoque multisectorial
en el que se garantice mercados, seguridad en la tenencia, mejora de los
suelos, acceso al crédito, seguridad jurídica, educación y calificación para el
manejo integrado de plagas, además de entrega de semillas y tecnificación no
hay posibilidad de sostener la producción agropecuaria en el área reformada. Se
dejar ver que sin la intervención estatal y un desarrollo integral, los
pequeños y pequeñas productoras desaparecerán de los espacios rurales afectando
el mercado local y la soberanía alimentaria del país
REFORMA AGRARIA Y LOS ASENTAMIENTOS
Nuestra
Constitución de 1966 en su artículo 8 acápite 13 letras a) dice: se declara de interés social la dedicación de la tierra a fines útiles y la
eliminación gradual del latifundio. Se destinan a los planes de la reforma
agraria las tierras q pertenezcan al Estado, o las que este adquiera
de grado a grado o por expropiación, en la forma prescrita por esta
constitución, que no estén destinadas o deben destinarse por el Estado a otros fines de interés
social. Se declara igualmente como un objetivo principal de la política social del Estado el estimulo y
cooperación para integrar efectivamente a la vida nacional la población campesina, mediante la
renovación de los métodos de la producción agrícola y la capacitación cultural tecnológica del hombre campesino.
LEYES AGRARIAS QUE RIGEN ACTUALMENTE EN LA REPUBLICA DOMINICANA.
·
Ley 361- sobre
procedimiento para la captación de las tierras baldías
·
Ley 283 y 292 del 20 y 29
de Marzo de 1972, que ponen a disposición del IAD las tierras del estado con el
fin de proveer el asentamiento de los campesinos sin tierras.
·
Ley 363- sobre segregación
de predios estatales recuperados y subdivisión de predios, captación de tierras
baldías.
·
Ley 381- sobre cultivo
colectivo de las tierras arroceras
A pesar de esta realidad, también existen proyectos
de parceleros (parcela es un área de tierra) en los cuales se está trabajando
fuertemente y de manera continúa como son los proyectos arroceros situados en
diferentes partes del país, los de plátanos, hortalizas, habichuela, frutales y
algunos ganaderos.
Desde 1962 han sido distribuidas más de 10 millones
de tareas de tierra, sin embargo muchas han sido abandonadas, ya sea porque no
son aptas para el cultivo, los campesinos no consiguen dinero en los bancos
para preparar las tierras que le entregaron, en muchos casos porque no tienen
un título de propiedad definitivo que diga que esos terrenos son suyos.
ASENTAMIENTO
El asentamiento es
el lugar donde se establece una persona o una comunidad. El término asentamiento también puede referirse al
proceso inicial en la colonización de tierras, o las comunidades que resultan;
(véase: aldea y
colono).
En el contexto de un territorio ocupado, un asentamiento es una presencia civil
permanente protegida por militares.
Los asentamientos pueden ser categorizados de diversas maneras, ya
sea por su tamaño, su tipo de actividad productiva o su condición. Entre
algunas de sus clasificaciones se encuentran las siguientes:
Pueden existir diversos tipos de asentamientos, de acuerdo a la
ley se pueden dividir en asentamientos formales y asentamientos informales. Un establecimiento
formal o asentamiento regular forma la parte de un esquema del planeamiento de
ciudad. Un establecimiento informal está fuera del esquema de planificación
de la ciudad.
Según la Reforma Agraria en el Art. 37.-
El Instituto queda autorizado a distribuir las unidades o parcelas familiares
entre agricultores de escasos recursos de la vecindad, de conformidad con las
disposiciones de esta ley y los reglamentos que de acuerdo con la misma se
promulguen; y en el Art. 38.- La distribución de parcela, se hará a los
solicitantes en la forma que más adelante se prevé, por medio de contrato de
venta condicional y el precio, período de pago y condiciones que el Instituto
crea más razonable y en la forma que disponga sus reglamentos.
Los Asentamientos: gran extensión de terreno el Instituto Agrario Dominicano le
otorga a cada parcelero una extensión de tierra. Es una gran extensión de
tierra subdividida en parcela, cuando se le da una parte de terreno a cada
persona se registra en el registro catastral al que pertenece indicando el tipo
y cantidad de cultivo en esa extensión de tierra. El instituto provee los
mecanismos necesarios para el cultivo. IAD es la Institución que
aglomera y administra todos los asentamientos campesinos, cada parcelero tiene
sus número de registro después de treinta años se hacen propias, el titulo a
cada parcelero es intransferible, la reforma anteriormente era muy extracto hay
parcela solo de cultivo Limón de Yuna, AC 146 fue fundado por Balaguer y solo
se siembra arroz. El Beneficio directo e indirecto tiene crédito con el banco
agrícola. Se benefician el estado, el labrador y el obrero, beneficio,
conductivo y pecuniaria y se beneficia la comunidad. El parcelero se le entrega
un documento o un titulo indicando el número de parcela, los datos personales
de la persona número de parcela.
El asentamiento tiene lugar en un momento determinado del
desarrollo de la agricultura, durante el cual el individuo
abandona la caza y la recolección (véase
Cazadores-recolectores) para dedicarse al
cultivo y la producción de alimentos. La estabilidad del asentamiento depende
del nivel de desarrollo tecnológico y de la cantidad de recursos disponibles,
así como de las posibilidades de explotación agraria.
Cuando en un asentamiento se concentra una gran población surge la necesidad de establecer
estructuras sociopolíticas organizadas que faciliten la vinculación de los
diferentes grupos humanos, procedentes de comunidades aisladas, para la
celebración de ceremonias, el intercambio de alimentos o la aculturación. Véase también Antropología; Urbanización.
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