Para los estudiantes de derecho, aquí les tengo un trabajo del tema: Anteproyecto de La Fianza, veamos:



Índice


Contenido                                                             Pagina

Introducción…………………………………………….
1
Planteamiento……………………………………………
2
Justificación ……………………………………………..
3
Motivación……………………………………………….
4
Antecedentes del Problema…………………………………
5
Formulación de Objetivos…………………………………..
6
Marco Teórico Conceptual…………………………………
7
Metodología……………………………………………...
10
Técnicas para la Obtención de los Datos……………………..
11
Conclusión……………………………………………….
12






Introducción

        Con el tema que vamos a analizar, podremos conocer todos y cada uno de los puntos elementales de la fianza y la diferencia entre la solidaria y la económica, poder aprender su alcance y limitaciones con relación de este importante tema.

         Conocer los pensamientos desde el punto de vista según los diferentes tratadistas, conocer como nace y se forma.

         Aprender como utilizar la fianza y las obligaciones que de ellas dependen y comportarse como un buen abogado al momento que se presente esto por nuestras manos, pues un fiador es una persona que posee la misma responsabilidad que el acreedor, cuando se trate de solidaria, en cuanto a lo económico es una suma de dinero prestad por alguien como garantía de algo, la cual pude ser devuelta o tal vez no, pero más a fondo conoceremos de ésta en el estudio ampliatorio que tendremos al realizar la tesis.





Planteamiento del Problema

 Diferencia de la Fianza Solidaria Económica.

         Cuando la fianza es simple el acreedor solamente tiene un deudor, pero cuando la fianza es solidaria el acreedor tiene dos deudores que son: el fiador solidario y el deudor principal.

         Para que exista la garantía es necesario que la obligación principal sea válida, si la garantía es un contrato de carácter accesorio que surte, habrá de seguir la suerte de lo principal excepto cuando el contrato sea intuito persona, es decir, en razón de la persona, porque el contrato accesorio de fianza será valido.




Justificación 

 En la fianza solidaria y económica es que justificamos esta investigación.

Comprender cuando obligan al deudor a procurarle un fiador al acreedor, pero, en todos los casos, la fianza es una garantía convencional, porque surge de un contrato libremente concluido entre el acreedor y el fiador, ya que nadie es un fiador sin haberlo querido.

Saber de los derechos y cada responsabilidad cuando existe un contrato de fianza y cuales son los contrarios existentes en la misma.

El contrato de fianza es consensual, unilateral y oneroso.

Es unilateral, porque solamente el fiador contrae obligaciones.




Motivación 

         Esta se encuentra íntimamente ligada con lo planteado en la introducción. Nos motiva:

1-    El gran desconocimiento que exista acerca de esta figura jurídica.
2-    La ignorancia que prima en la clase de los profesionales del derecho acerca de la fianza solidaria y la económica.
3-    La impresión mal concebida, en el sentido de que el patrono si lo es responsable, si despide injustificadamente al trabajador.



Antecedentes del Problema

 La Fianza:
     Ésta tiene en Roma, con voz Cautio que posee un sentido muy amplio y que significa la prudencia, la precaución del acreedor (cavera cautum), ya sea que éste precava de cualquier manera contra los riesgos de insolencia de su deudor, para que se procure una prueba escrita igualmente llamada cautio. Pero esa aceptación tan amplia ha dejado rasgos en el lenguaje jurídico moderno que, ya no emplea la palabra caución, sino que en el sentido de documento se utiliza la palabra fianza.

     Fianza es un contrato por el cual una persona llamada Fiador o Fidejusor contrae el compromiso de pagarle al acreedor; si el deudor, llamado deudor principal no cumple con su obligación.

La fianza puede ser voluntaria, legal o judicial; es involuntaria, cuando es el acreedor que le pide al deudor la presencia de un fiador solvente, con garantía.

La fianza legal, es la garantía que proviene de la ley. La fianza judicial, es la garantía que proviene de la decisión de un juez.

Son las que obligan al deudor a procurarle un fiador al acreedor; pero, en todos los casos, la fianza es una garantía convencional, porque surge de un contrato libremente concluido entre el acreedor y el fiador, ya que nadie es fiador sin haberlo querido.

Formulación de Objetivos

·       Aprender y profundizar en la materia que nos compete.
·       Reunir de todo el material a investigar aquellos temas que consideramos de mayor importancia y relación en la situación actual de la fianza solidaria y la económica.
·       Ver levemente el origen de la fianza.
·       Compartir estos conocimientos con nuestros compañeros y facilitadotes para beneficio de todos.



                Marco Teórico Conceptual

La Fianza Simple o Económica
     En la fianza simple prevalecerá el beneficio de la exclusión, es decir, que si el fiador es un fiador el acreedor tendrá que agotar todos los medios legales para cobrar en el patrimonio del deudor principal, incluso el fiador simple podrá señalarle al acreedor los bienes del deudor principal para que sus bienes no se toquen y luego de agotado este procedimiento, entonces el acreedor podrá marcharle a los bienes deudor principal.

     Cuando el acreedor ejecuta en los bienes del deudor principal, no perderá el fiador el dinero que le dio al acreedor para cobrarle al deudor principal, porque el contrato fue en razón de tu persona, es decir, de la persona del deudor y te estoy cobrando en nombre del acreedor.

La Fianza Solidaria

         En la fianza solidaria el acreedor tiene dos deudores que son: el deudor principal, el fiador que podrá ejecutarle indistintamente en el patrimonio de uno y en el patrimonio del otro, previo a una cosa que es a la puesta en mora del cumplimiento de la obligación.

         Ej. Si el inquilino incumple con su obligación, el propietario de la cosa, podrá previo puesto en mora del fiador, ejecutar sobre éste.
Carácter Accesorio de la Fianza.

         La fianza es un contrato accesorio, porque ella garantiza un crédito, garantiza una obligación principal, de este carácter accesorio podemos establecer si deriva varias consecuencias.

1-    Si el contrato principal se anula, el contrato de fianza es nulo.
2-    Si el contrato principal está objetable de un término o de una condición, la obligación del fiador no puede ser pura y simple, ya que también se encuentra afectado por el término o por la condición de esa obligación principal.

Por ejemplo: Si la obligación principal debe ser cumplida en un año, el fiador debe pagar vencido en ese año, no le puede cobrar antes del año.

3-    Si el compromiso del fiador no puede estar encima, ser más oneroso que la obligación principal, si compensa se reduce hasta la obligación principal.

Sin embargo, el compromiso del fiador está debajo de la obligación principal, pues el fiador puede garantizar una parte de la deuda.

Todas estas consecuencias es por la obligación del principio de que la accesoria sigue la principal.

Conocer de la extinción de la fianza, se extingue por las vías, éstos por no asesoría y por vía principal.

Se extingue por vía principal, cuando el fiador le paga directamente al acreedor, cualquier forma de pago, que extinga el compromiso entre acreedores y fiador directamente extingue la obligación principal, porque el fiador se puede subrogar en los derechos del acreedor y cobrador.




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  • NOTA: TE AGRADECERÍA MUCHO TU CONTRIBUCIÓN A OPINAR ALGO MAS SOBRE ESTE TEMA O HACERME CUALQUIER PREGUNTA, QUE CON GUSTO TE CONTESTARE. DÉJAME TU OPINIÓN AL FINAL O CUALQUIER DATO QUE CONSIDERES PUEDA APORTAR MAS A ESTE TEMA.

    GRACIAS
    MARIBEL


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Metodología


* Investigar en todas las fuentes escritas, jurisprudencias, códigos y documentos referentes al tema y que nos fue posible adquirir.






Técnicas para la Obtención de los Datos

Las informaciones obtenidas en este trabajo se basaron principalmente en hacer cuestionarios de diferentes documentos y entrevistas, a personas relacionadas con casos de la vida real.



Conclusión


Con el tema que acabamos de desglosar a grueso modo, pudimos aprender todos y cada uno de los elementos constitutivos de esta figura jurídica “la fianza”, la cual es de vital importancia en toda sociedad organizada.

Además pudimos observar las contradicciones de los distintos tratadistas, conocer real y efectivamente cual es la fianza solidaria y económica.
        


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